Artículo 296 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, está derogado, es decir, se canceló o eliminó de la ley. Todo el capítulo que hablaba del "Fondo Auxiliar para la Justicia Administrativa" también quedó sin efecto. En pocas palabras, ya no existen ni el artículo ni ese fondo del que se hablaba, por lo que no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 296.- Derogado. CAPÍTULO SEGUNDO DEL FONDO AUXILIAR PARA LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.