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Artículo 299 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que fue eliminado o anulado. "Derogado" significa que ya no es válido ni se aplica en la ley actual. Por lo tanto, no hay ninguna regla que explicar ni obligación que cumplir aquí. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 299.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 52) ↗

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