Artículo 514 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La convocatoria para una consulta popular (que es cuando se le pregunta a la gente su opinión sobre un tema importante del estado) debe incluir estos datos: - Los fundamentos legales que la respaldan (las leyes que la hacen posible). - La fecha exacta de la votación local donde se hará la consulta. - Una explicación corta del asunto importante del estado que se va a consultar. - La pregunta que se les hará a los ciudadanos para que respondan. - El lugar y la fecha en que se publicó o emitió esa convocatoria.
Texto oficial
Artículo 514. La Convocatoria de consulta popular deberá contener: I. Fundamentos legales aplicables. II. Fecha de la jornada electoral local en que habrá de realizarse la consulta popular. III. Breve descripción del tema de trascendencia estatal que se somete a consulta. IV. La pregunta a consultar. V. Lugar y fecha de la emisión de la convocatoria.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.