- Ley
- Código Penal del Estado de México
- Artículo
- 137 bis
Artículo 137 bis del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo estuvo en vigor, pero ya no es válido. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley, así que ya no tiene efectos. El capítulo entero sobre "tráfico de influencia", que se refería a usar contactos o poder para obtener beneficios ilegales, también fue quitado. En pocas palabras, ni el artículo ni el capítulo existen en la ley actual.
Texto oficial
Artículo 137 bis. Derogado. CAPÍTULO XI TRÁFICO DE INFLUENCIA (Derogado)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.