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Artículo 244 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los funcionarios públicos del estado o municipio que manejen dinero o recursos que vengan del gobierno federal (como fondos o programas de apoyo) y que los usen para cosas que no están permitidas según la Ley de Coordinación Fiscal, se meterán en problemas. Pueden tener castigos administrativos (como multas o suspensiones), civiles (pagar por los daños) o penales (hasta ir a la cárcel), según lo que digan las leyes federales y estatales. En corto, si eres servidor público y desvías dinero federal para otra cosa, te pueden sancionar bien fuerte.

Texto oficial

Artículo 244.- Las responsabilidades administrativas, civiles y penales en que incurran las personas servidoras públicas estatales y municipales, adscritas a las unidades administrativas responsables de la recepción, manejo, comprobación y aplicación de los recursos recibidos de los fondos federales, convenios de descentralización y programas de apoyo federales señalados en este Capítulo, para fines distintos a los previstos por la Ley de Coordinación Fiscal, serán sancionadas en los términos de la legislación federal y estatal aplicable. CAPÍTULO CUARTO DEL INSTITUTO HACENDARIO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 250) ↗

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