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Artículo 314 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno, dependencias o instituciones públicas tienen que entregar un reporte mensual sobre cómo van gastando su presupuesto. Ese reporte se debe mandar a la Secretaría correspondiente durante los primeros diez días hábiles de cada mes. En el reporte tienen que detallar cuánto dinero ya comprometieron, cuánto ya usaron, cuánto pagaron y en qué concepto, según las categorías que indique la Secretaría. Básicamente, es un informe mensual para que el gobierno sepa en qué se está gastando el dinero público.

Texto oficial

Artículo 314.- Los Entes Públicos, de acuerdo con su naturaleza jurídica y según corresponda, deberán reportar mensualmente a la Secretaría, dentro de los primeros diez días hábiles posteriores al cierre del mes inmediato anterior, el avance presupuestal de egresos en sus fases de comprometido, devengado, ejercido y pagado con base en la clasificación por objeto del gasto y demás clasificaciones que la misma señale, para cada una de las categorías programáticas vigentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 292) ↗

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