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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Almoloya de Juárez

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cualquier grupo, escuela o comunidad puede organizar eventos deportivos por su propia cuenta, sin necesidad de que intervenga el gobierno. Cada quien asume su propio financiamiento y decide cómo va a funcionar. Lo importante es que, aunque busques un beneficio personal (como hacer ejercicio o divertirte), no debes olvidar que el deporte también ayuda a la comunidad. En pocas palabras, tienes libertad para organizar el deporte recreativo, siempre y cuando no perjudiques a los demás.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo: También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.