Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 14 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobernador del Estado, por medio del COMECYT (que es el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología), puede hacer acuerdos con dependencias del gobierno federal, estatal o municipal, así como con empresas, organizaciones sociales, universidades, centros de investigación y personas físicas o morales, tanto de México como del extranjero. El objetivo de estos acuerdos es crear, mejorar y fortalecer el Sistema Integral de Información, que es una base de datos o plataforma para organizar y compartir información útil sobre ciencia y tecnología.

Texto oficial

ARTICULO 14.- El Ejecutivo del Estado, a través del COMECYT, podrá convenir con dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal o municipal; organismos del sector privado, productivo y social nacionales o extranjeros; comunidades académica, científica y tecnológica; centros de investigación públicos y privados del país y del extranjero, y personas físicas y jurídicas colectivas para llevar a cabo la conformación, consolidación y fortalecimiento del Sistema Integral de Información.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.