Artículo 33 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 33 dice que, en las reuniones de la Junta Directiva del COMECYT, siempre deben estar presentes como invitados: una persona de los campus de la UNAM, otra del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, otra del Centro Internacional de Mejoramiento de Maíz y Trigo, otra del Colegio de Posgraduados de Chapingo, y también alguien de la Comisión de Educación del Congreso. Esto significa que estos representantes tienen derecho a asistir a todas las juntas, aunque no sean miembros permanentes. La idea es que estas instituciones participen en las decisiones importantes del COMECYT.
Texto oficial
ARTÍCULO 33.- A las sesiones de la Junta Directiva del COMECYT, se invitará permanentemente a: un representante de los Campus de la Universidad Nacional Autónoma de México, el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, el Centro Internacional de Mejoramiento de Maíz y Trigo, el Colegio de Posgraduados de Chapingo, A. C., y la Presidencia de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Poder Legislativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.