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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley102/34
Ley
Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El COMECYT (Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología) puede crear las oficinas o áreas de trabajo que necesite para poder cumplir con todo lo que esta ley le ordena hacer. Esto significa que no hay un límite fijo, sino que puede organizarse internamente como mejor le convenga. Así, si necesita más personal o departamentos para funcionar bien, tiene la libertad de hacerlo.

Texto oficial

ARTICULO 34.- El COMECYT podrá contar con las unidades administrativas necesarias que le permitan dar observancia a las atribuciones que le confiere esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.