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Ley
Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Artículo
56

Artículo 56 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobernador del estado, a través del COMECYT (que es el organismo estatal encargado de ciencia y tecnología), puede hacer acuerdos con el gobierno federal, con otros estados y con los municipios de tu entidad. También puede pactar con otras organizaciones, como universidades o empresas, para crear programas y apoyos especiales a nivel estatal, regional o municipal. Todo esto tiene como objetivo que la investigación científica y el desarrollo tecnológico no se concentren solo en un lugar, sino que se repartan en todo el estado. En palabras sencillas: se busca que los beneficios de la ciencia y la tecnología lleguen a más zonas, no solo a las grandes ciudades.

Texto oficial

ARTICULO 56.- El Ejecutivo del Estado, por conducto del COMECYT, podrá celebrar convenios de coordinación con la federación, con las entidades federativas y municipios del Estado; y de concertación con otras instancias, para establecer programas y apoyos específicos de carácter estatal, regional y municipal, con el objeto de impulsar la descentralización de la investigación científica y el desarrollo tecnológico de la entidad.

Ver texto oficial de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México (pág. 16) ↗

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