Artículo 60 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que los centros de investigación (tanto públicos como privados) y las escuelas deben juntar la enseñanza con la investigación. Para lograrlo, tienen que poner reglas internas para que los maestros e investigadores den clases o actividades que tengan que ver con lo que investigan o cómo usan el conocimiento de forma innovadora. En otras palabras, se busca que los expertos no solo hagan ciencia, sino que también enseñen lo que saben.
Texto oficial
ARTICULO 60.- Con el objeto de integrar la investigación y la educación, los centros de investigación públicos y privados y la comunidad académica promoverán, a través de sus ordenamientos internos, que sus académicos e investigadores participen en actividades de enseñanza relacionadas con la investigación o aplicación innovadora del conocimiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.