Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 10 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa del Carbón

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se van a poner escuelas de deportes para principiantes en todo el municipio, pero no al aventón: se abren donde la gente de verdad las pida o practique. Es decir, primero ven qué deporte le gusta más a la colonia o al barrio, y de acuerdo a eso ponen la escuela. Así no gastan en algo que nadie va a usar.

Texto oficial

Artículo 10.- De las escuelas de iniciación. Se crean escuelas de iniciación deportiva por todo el territorio municipal, según sea la demanda basada en el deporte que más se practique o le interese a la comunidad que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.