Artículo 23 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 explica qué puede y debe hacer el director del Instituto de Deportes de Valle de Bravo. Entre sus tareas principales están: representar legalmente al instituto, asegurarse de que se cumplan los planes y programas, y firmar contratos o acuerdos para lograr los proyectos. También debe presentar a la junta directiva los planes de trabajo y el presupuesto anual, tanto de lo que se va a gastar como de lo que se va a recibir. Además, puede comprar lo necesario para el instituto, pero solo si el consejo lo autoriza y siguiendo las reglas. Por último, tiene que hacer todo lo que digan la ley, el reglamento interno y la junta directiva.
Texto oficial
Artículo 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Valle de Bravo; II. Dar cumplimiento a los acuerdos de la junta directiva; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinación para el cumplimiento de los planes y proyectos del instituto; V. Presentar ante la junta directiva el proyecto del programa operativo del instituto; VI. Presentar ante la junta directiva el proyecto anual del presupuesto de ingresos y de egresos; VII. Adquirir, previa autorización del consejo y conforme a las normas, los bienes necesarios para el mejor cumplimiento de sus objetivos; VIII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; y IX. Las que le confieren la presente ley, el reglamento interno y la junta directiva. CAPÍTULO QUINTO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE VALLE DE BRAVO 6 DE SU PATRIMONIO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.