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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero y las propiedades del Instituto de Deporte de Tepotzotlán se juntan de varias fuentes. Primero, el municipio le da cada año el 2% de todo su presupuesto. También recibe terrenos, edificios o muebles que el Ayuntamiento le entregue. Puede obtener lana, apoyos o servicios del gobierno federal, estatal o municipal. Además, acepta donaciones, cooperaciones o ingresos de particulares o empresas. Por último, se queda con lo que gane cobrando por sus propios servicios, como renta de espacios o clases.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tepotzotlán, se integra con: I. La asignación anual del 2% del total del presupuesto de egresos del Municipio. II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.