- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan tiene su propio dinero y bienes para funcionar. Ese patrimonio se arma con: el 2% del presupuesto total que el Municipio gasta cada año; los muebles, terrenos o edificios que el Ayuntamiento le asigne; apoyos económicos o servicios que reciba del gobierno federal, estatal o municipal; donativos, cooperaciones, concesiones o cualquier otro ingreso que consiga de particulares o del gobierno; y también lo que gane por cobrar por sus servicios. Todo eso es lo que le pertenece al Instituto para hacer su trabajo.
Texto oficial
Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan, se integra con: I. La asignación anual del 2% del total del presupuesto de egresos del Municipio. II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.