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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan
Artículo
24

Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan tiene su propio dinero y bienes para funcionar. Ese patrimonio se arma con: el 2% del presupuesto total que el Municipio gasta cada año; los muebles, terrenos o edificios que el Ayuntamiento le asigne; apoyos económicos o servicios que reciba del gobierno federal, estatal o municipal; donativos, cooperaciones, concesiones o cualquier otro ingreso que consiga de particulares o del gobierno; y también lo que gane por cobrar por sus servicios. Todo eso es lo que le pertenece al Instituto para hacer su trabajo.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan, se integra con: I. La asignación anual del 2% del total del presupuesto de egresos del Municipio. II. Los bienes muebles e inmuebles que el Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPÍTULO SEXTO GENERALIDADES

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Teotihuacan (pág. 6) ↗

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