Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascaltepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el deporte recreativo puede organizarse por su cuenta, buscar su propio dinero para funcionar y desarrollarse como quiera, siempre y cuando te beneficie a ti como persona, pero sin olvidar que también debe ayudar a la comunidad. En pocas palabras, tú puedes hacer deporte por diversión y manejar tu equipo o grupo como mejor te parezca, pero sin dejar de pensar en el bien de los demás.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.