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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascaltepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva tiene que reunirse al menos una vez cada tres meses de manera normal, pero también puede juntarse en cualquier momento que sea necesario para asuntos urgentes. Las juntas normales son las que ya están planeadas, mientras que las extraordinarias son cuando surgen cosas importantes de repente.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.