Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temascaltepec
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La junta directiva elige al director, pero solo puede hacerlo si el presidente municipal propone un nombre. Primero el presidente sugiere a alguien, y luego la junta vota para nombrarlo. Sin esa propuesta del presidente, no pueden escoger a nadie para el puesto.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.