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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temamatla
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temamatla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 habla del deporte recreativo, ese que haces por diversión sin buscar competir a nivel profesional. Dice que tú y tu grupo pueden organizarlo como quieran, buscar su propio dinero para financiarlo y desarrollarlo a su ritmo. Todo esto debe enfocarse en que tú obtengas un beneficio personal, pero sin olvidar que también le haga bien a tu comunidad o a la sociedad. En pocas palabras, puedes divertirte y mejorar como persona, siempre y cuando no dejes de lado el bien de los demás.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Temamatla (pág. 4) ↗

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