Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Sultepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el deporte que se hace por diversión, sin buscar competir profesionalmente, puede organizarse y pagarse por cuenta propia. Esto significa que cada persona o grupo puede decidir cómo lo maneja, siempre y cuando busque su propio beneficio sin olvidar que también debe ayudar a la comunidad. En pocas palabras, puedes hacer deporte recreativo como quieras, pero sin dejar de pensar en el bien de los demás.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.