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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Sultepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el deporte que se hace por diversión, sin buscar competir profesionalmente, puede organizarse y pagarse por cuenta propia. Esto significa que cada persona o grupo puede decidir cómo lo maneja, siempre y cuando busque su propio beneficio sin olvidar que también debe ayudar a la comunidad. En pocas palabras, puedes hacer deporte recreativo como quieras, pero sin dejar de pensar en el bien de los demás.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.