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Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Simón de Guerrero

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Simón de Guerrero tiene derechos y obligaciones como cualquier persona o empresa. Se le da la libertad de tomar sus propias decisiones para que pueda cumplir con su chamba: promover el deporte y la cultura física en el municipio. Esto quiere decir que el Instituto puede organizar torneos, construir canchas o hacer campañas sin que el gobierno municipal le tenga que estar dando permiso en cada paso. En pocas palabras, es como si le dieran las llaves y le dijeran "hazte cargo de fomentar el ejercicio y el deporte en el pueblo".

Texto oficial

Artículo 3.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Simón de Guerrero, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover el deporte y la cultura física.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.