Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtlahuaca
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal proponga a alguien para ese puesto. La junta no puede nombrar a cualquier persona por su cuenta, tiene que esperar a la propuesta del presidente. En pocas palabras, el presidente municipal dice quién quiere, y la junta directiva decide si lo acepta o no.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.