Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 25 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapan de la Sal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapan de la Sal debe seguir dos leyes del Estado de México: la Ley Orgánica Municipal y la Ley de Cultura Física y Deporte. Este decreto se publicó en el periódico oficial del gobierno y entró en vigor al día siguiente de su publicación, el 3 de abril de 2008. El Ayuntamiento de Ixtapan de la Sal tiene la obligación de hacer todo lo necesario para instalar el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. La primera vez que se entregue el 2% del presupuesto municipal para el deporte, según el artículo 24, será cuando se apruebe el presupuesto del año 2008. Todo esto fue firmado por el entonces Gobernador Enrique Peña Nieto en 2008.

Texto oficial

Artículo 25.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapan de la Sal, estará sujeto a, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, y la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. ARTÍCULO TERCERO.- El Ayuntamiento de Ixtapan de la Sal, México, proveerá lo necesario para la instalación del Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. ARTÍCULO CUARTO.- La primer asignación del 2% del total del presupuesto de egresos a que se refiere el artículo 24 fracción I del presente Decreto, se efectuará una vez que, conforme a las disposiciones legales aplicables, se apruebe el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2008. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil ocho.- Presidente.- Dip. Salvador José Neme Sastré.- Secretarios.- Dip. Luis Alfonso Arana Castro.- Dip. Luis Antonio Guadarrama Sánchez.- Dip. José Suárez Reyes.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 2 de abril del 2008. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DR. VICTOR HUMBERTO BENITEZ TREVIÑO (RUBRICA). Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 2 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE IXTAPAN DE LA SAL 7 APROBACIÓN: 18 de marzo de 2008 PROMULGACIÓN: 2 de abril de 2008 PUBLICACIÓN: 2 de abril de 2008 VIGENCIA: El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.