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Ley
Ley de Defensoría Pública del Estado de México
Artículo
12 Bis

Artículo 12 Bis de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a tener un área especial llamada Unidad de Profesionalización y Evaluación, que sirve para ayudar a los Defensores Públicos a actualizarse y capacitarse. Esta unidad puede hacer varias cosas: diseñar y dar cursos de derecho enfocados en la defensa pública, aplicar exámenes periódicos a los defensores para ver su desempeño, y proporcionarles materiales de consulta (tanto en libro como en internet) para que hagan mejor su trabajo. También puede organizar de forma continua pláticas, talleres y cursos de capacitación para todos los empleados del Instituto.

Texto oficial

Artículo 12 Bis. El Instituto contará con una Unidad de Profesionalización y Evaluación, el cual tiene como objeto contribuir a la actualización y capacitación de las y los Defensores Públicos, cuyas atribuciones especificas serán las siguientes: I. Diseñar, programar y aplicar proyectos de capacitación académica en las distintas ramas del derecho relacionadas a la defensoría pública; II. Realizar de manera periódica proyectos de evaluación a las y los Defensores Públicos; III. Disponer y proporcionar permanentemente de material académico físico y electrónico de consulta que auxilie en el ejercicio de sus funciones a las y los Defensores Públicos, y IV. Realizar de manera periódica, foros, cursos y talleres de capacitación para las y los servidores públicos del Instituto.

Ver texto oficial de la Ley de Defensoría Pública del Estado de México (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.