Artículo 20 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Coatepec Harinas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva (el grupo de personas que toman las decisiones importantes en una asociación o empresa) debe juntarse a discutir asuntos al menos cada tres meses, de forma normal o "ordinaria". Además, pueden tener juntas "extraordinarias" (reuniones especiales) cuando sea necesario, por ejemplo, para resolver algo urgente. No importa cuántas veces se requiera, siempre que haga falta se puede convocar una reunión fuera de lo normal.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.