Artículo 22 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tonatico
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo elige la junta directiva, pero primero el presidente municipal tiene que proponer a alguien para ese puesto. O sea, el presidente municipal sugiere un nombre, y luego la junta directiva decide si lo nombra o no. No pueden nombrar a cualquier persona sin antes tener esa propuesta del presidente municipal.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.