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Ley
Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 16 habla del deporte recreativo, que es aquel que haces por gusto y sin competir profesionalmente. Te dice que tú mismo puedes organizarlo, juntar tu propio dinero para pagarlo y hacerlo crecer como tú quieras. Todo esto debe traerte un beneficio personal, como divertirte o sentirte bien, pero sin olvidar que también debe ser bueno para los demás y para tu comunidad. En otras palabras, puedes hacer deporte por tu cuenta, pero sin chingar a nadie y pensando en el bien de todos.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo. También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN INTERNA

Ver texto oficial de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chimalhuacán (pág. 4) ↗

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