Artículo 21 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiautla
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiautla tiene varias responsabilidades. Puede aprobar el reglamento del instituto y fijar las reglas generales de cómo debe funcionar. También decide si aprueba los proyectos, planes y presupuestos que proponga el director, y revisa los estados financieros para ver si están bien. Además, elige o confirma al director, evalúa si los planes están funcionando y busca otras formas de conseguir dinero, como patrocinios.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiautla; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chiautla; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 4 de abril de 2008. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CHIAUTLA 5 IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.