Artículo 16 de la Ley de la Universidad Autónoma del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Universidad va a compartir con la sociedad todo lo que hace en el estudio, la ciencia y el arte. Se trata de que difunda los conocimientos y las expresiones artísticas que genere, para que la gente pueda conocerlos. También va a buscar formas de trabajar con diferentes grupos de la sociedad y va a cuidar el patrimonio cultural y científico que ya tiene.
Texto oficial
ARTICULO 16.- La difusión cultural y extensión universitaria consistirá en la actividad de la Institución que relaciona Universidad y sociedad, y pone a disposición de ésta el resultado de su trabajo académico. Divulgará las manifestaciones del humanismo, la ciencia, la tecnología y de la cultura; impulsará las formas de expresión cultural y artística; establecerá mecanismos de vinculación con los diversos sectores de la sociedad; preservará y conservará los bienes que constituyen el acervo humanístico, científico, tecnológico, artístico y de todas las manifestaciones de la cultura.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.