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Artículo 20 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Polotitlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva del lugar debe reunirse cada tres meses al menos, así le llaman sesiones ordinarias. También puede juntarse de forma extraordinaria cuando sea necesario, sin importar cuántas veces. Las reuniones extraordinarias son las que se hacen por algún asunto urgente que no puede esperar. En resumen, tienen juntas fijas cada tres meses, pero si surge algo importante, pueden reunirse en cualquier momento.

Texto oficial

ARTÍCULO 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.