Artículo 23 de la Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Polotitlán
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El director del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Polotitlán tiene varias obligaciones y facultades. Estas incluyen representar al instituto, asegurarse de que se cumplan los acuerdos de la junta directiva y vigilar que se alcancen los objetivos y programas. También puede firmar acuerdos y contratos para proyectos, presentar el presupuesto anual y comprar lo necesario, pero solo si el consejo lo autoriza. Además, debe prever todo lo necesario para que los programas funcionen bien, y cumplir con lo que digan la ley, el reglamento interno y la junta directiva.
Texto oficial
ARTÍCULO 23.- Son facultades y obligaciones del director, las siguientes: I. Representar al Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Polotitlán; II. Dar cumplimiento a los acuerdos de la junta directiva; III. Vigilar el cumplimiento de los objetivos y programas del instituto; IV. Celebrar acuerdos, convenios y contratos de coordinaciones para el cumplimiento de los planes y proyectos del instituto; V. Presentar ante la junta directiva el proyecto anual del presupuesto de ingresos y egresos; VI. Adquirir conforme a las normas los bienes necesarios y previa autorización del consejo, para el mejor cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos; VII. Prever lo necesario para el debido cumplimiento de los programas y el logro de los objetivos y VIII. Las que le confieren la presente ley, el reglamento interno y la junta directiva. CAPÍTULO QUINTO DE SU PATRIMONIO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.