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Artículo 34 de la Ley de Vivienda del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado y los municipios, cada quien en su área, deben crear y apoyar formas de crédito o financiamiento para casas de interés social. Esto se hace con base en la justicia, midiendo bien lo que cada quien puede pagar y procurando que nadie quede fuera. La idea es ayudar sobre todo a la gente que tiene menos dinero.

Texto oficial

Artículo 34.- El Ejecutivo del Estado y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán instrumentos y apoyos de financiamiento para la vivienda social, bajo los principios de equidad, proporcionalidad e inclusión social, preferentemente en beneficio de la población de escasos recursos económicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.