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Artículo 4 de la Ley de Vivienda del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas de esta Ley se tienen que aplicar de forma justa para todos. Sin importar si eres hombre o mujer, joven o mayor, rico o pobre, o cualquier otra cosa como tu religión o estado civil, tienes derecho a una vivienda digna. O sea, nadie te puede negar una casa o departamento decente solo por cómo eres o tu situación. Lo importante es que vivas en un lugar con lo básico y en buenas condiciones.

Texto oficial

Artículo 4.- Las disposiciones de esta Ley deberán aplicarse bajo principios de equidad e inclusión social, de manera tal que, toda persona que reside en el Estado de México, sin importar su origen étnico, género, edad, discapacidades, su condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil, pueda ejercer su derecho constitucional a una vivienda digna y decorosa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.