Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapaluca
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Consejo Municipal tiene juntas normales al menos cada tres meses, pero puede reunirse más seguido si es necesario. Esas juntas extras se llaman extraordinarias y se hacen cuando se requiere tratar un asunto urgente. No hay un límite de cuántas veces pueden juntarse de forma extraordinaria.
Texto oficial
Artículo 19.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.