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Artículo 19 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ixtapaluca

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal tiene juntas normales al menos cada tres meses, pero puede reunirse más seguido si es necesario. Esas juntas extras se llaman extraordinarias y se hacen cuando se requiere tratar un asunto urgente. No hay un límite de cuántas veces pueden juntarse de forma extraordinaria.

Texto oficial

Artículo 19.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.