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Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Coacalco de Berriozábal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona encargada de dirigir será elegida por un grupo llamado Junta Directiva. Pero antes de elegirla, el presidente municipal debe sugerir a quién quiere que sea el director. La Junta Directiva escucha esa propuesta y decide si la acepta o no. En pocas palabras, el presidente municipal propone y la Junta Directiva elige.

Texto oficial

Artículo 22.- El Director será nombrado por la Junta Directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.