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Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chalco”, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Ayuntamiento de Chalco debe construir lugares para que la gente empiece a practicar un deporte, como canchas o centros deportivos. Estos lugares se van a hacer según lo que más le guste o pida la comunidad, así que no van a poner algo que nadie quiera. La idea es que haya espacios para quien quiera iniciarse en el deporte que le llame la atención.

Texto oficial

Artículo 14.- Desarrollar en todo el territorio municipal, según sea la demanda basada en el deporte que más se practique o le interese a la comunidad, centros de iniciación deportiva. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de agosto de 2010. Sin reformas. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CHALCO”, MÉXICO. 4

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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