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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chalco”, México
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chalco”, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 16 dice que la autoridad encargada tiene tres tareas principales. Primero, debe cuidar y mantener en buen estado los espacios y cosas que le prestaron, como hacer reparaciones o mejoras cuando se necesiten. Segundo, tiene que supervisar que el personal que trabaja ahí haga bien su chamba. Tercero, debe crear y mantener un registro municipal de deportes, donde se apunten canchas públicas, privadas y de escuelas, ligas, atletas destacados, entrenadores, jueces y árbitros.

Texto oficial

Artículo 16.- De la Administración y Finanzas. I. Contará con un programa de mantenimiento, remodelación y acondicionamiento de los recursos materiales que le fueron conferidos; II. Vigilará el desarrollo de las actividades del personal adscrito; y III. Establecerá y ordenará el registro municipal deportivo, en los que quedarán inscritos instalaciones privadas, municipales y escolares, ligas deportivas, deportistas destacados, entrenadores, jueces y árbitros. CAPÍTULO CUARTO DE SU ORGANIZACIÓN

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Chalco”, México (pág. 4) ↗

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