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Artículo 11 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quiere decir que es obligatorio motivar a los deportistas para que se capaciten en distintos papeles dentro del deporte, como ser jueces, árbitros o entrenadores. Esto aplica para todos los deportes que haya en tu municipio. Además, esas capacitaciones deben estar avaladas o certificadas por la autoridad deportiva oficial. O sea, no vale cualquier cursito, tiene que ser reconocido legalmente.

Texto oficial

Artículo 11.- Es imperativo, inducir al deportista a la capacitación en todos los meritos, como jueces, árbitros y entrenadores en los deportes existentes en el municipio, certificados por la autoridad deportiva correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.