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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México
Artículo
11

Artículo 11 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quiere decir que es obligatorio motivar a los deportistas para que se capaciten en distintos papeles dentro del deporte, como ser jueces, árbitros o entrenadores. Esto aplica para todos los deportes que haya en tu municipio. Además, esas capacitaciones deben estar avaladas o certificadas por la autoridad deportiva oficial. O sea, no vale cualquier cursito, tiene que ser reconocido legalmente.

Texto oficial

Artículo 11.- Es imperativo, inducir al deportista a la capacitación en todos los meritos, como jueces, árbitros y entrenadores en los deportes existentes en el municipio, certificados por la autoridad deportiva correspondiente.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México (pág. 3) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.