Artículo 27 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 27 dice que las reglas del trabajo entre el instituto y sus empleados se van a manejar con la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. Esto significa que los derechos y obligaciones de los trabajadores están definidos por esa ley, no por otro reglamento. Los artículos transitorios indican cuándo y cómo se aplica esta ley: se publica en el periódico oficial del Estado de México, y empieza a funcionar al día siguiente de esa publicación. Además, el Ayuntamiento de La Paz tiene que hacer lo necesario para poner en marcha el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. En resumen, es como el instructivo para que la ley entre en vigor y se cumpla.
Texto oficial
Artículo 27.- Las relaciones laborales entre el instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese la presente Ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO TERCERO.- El Ayuntamiento de La Paz, Proveerá lo necesario para la instalación del Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México a los seis días del mes de agosto del año dos mil diez.- Presidenta.- Dip. Ma. Guadalupe Mondragón González.- Secretarios.- Dip. Víctor Manuel González García.- Dip. Oscar Hernández Meza.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa Molina.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 25 de agosto de 2010. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA (RUBRICA). Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 25 de agosto de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE LA PAZ, MÉXICO 7 APROBACIÓN: 06 de agosto de 2010 PROMULGACIÓN: 25 de agosto de 2010 PUBLICACIÓN: 25 de agosto de 2010 VIGENCIA: La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.