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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México
Artículo
7

Artículo 7 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que para que los jóvenes aprovechen mejor su tiempo libre y desarrollen sus habilidades, se van a formar ligas estudiantiles fuera de la escuela. A esos clubes se les dará ayuda para organizarse, capacitarse, entrenar y participar en torneos. También les prestarán instalaciones deportivas y, a veces, hasta material deportivo.

Texto oficial

Artículo 7.- De los Clubes Estudiantiles: Para fomentar el uso adecuado de los tiempos libres, desarrollar las aptitudes y mejorar actitudes en los jóvenes estudiantes, se formarán y organizarán ligas estudiantiles extramuros, a los cuales se les brindará asesoría en la organización, capacitación, participación, entrenamiento y torneos, así mismo, se les brindará apoyo con el uso de instalaciones deportivas y en algunos casos con material deportivo.

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de La Paz, México (pág. 3) ↗

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