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Artículo 12 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las instituciones de seguridad pública de todo el país (como la policía) deben ayudar a cuidar y vigilar las instalaciones estratégicas, como plantas de energía o presas, para que funcionen bien y no sufran daños. Esto lo harán siguiendo las indicaciones generales que dé el Presidente. Las policías locales y municipales, según su zona, tienen que coordinarse con el gobierno federal para proteger esos lugares. Su trabajo principal es vigilar los alrededores de esas instalaciones y dar apoyo si se necesita.

Texto oficial

Artículo 12.- Las Instituciones de Seguridad Pública coadyuvarán en la protección y desarrollo de las acciones necesarias para la vigilancia de las instalaciones estratégicas y para garantizar su integridad y operación, de conformidad con los acuerdos generales que para tal efecto expida el Ejecutivo Federal. Las instituciones locales y municipales correspondientes por razón del territorio, deberán coordinarse con la Federación para el resguardo de las instalaciones estratégicas; en el ejercicio de esta función, las que garantizarán la seguridad perimetral y el apoyo operativo en caso necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.