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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley15/121
Ley
Ley de Seguridad del Estado de México
Artículo
121

Artículo 121 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, por eso dice “Derogado”. Eso significa que ya no tiene validez ni se aplica. Todo el Capítulo Tercero, que hablaba sobre el desarrollo del servicio de carrera, también fue eliminado. Así que no te preocupes por lo que decía, porque ya no existe como regla.

Texto oficial

Artículo 121. Derogado CAPÍTULO TERCERO DEL DESARROLLO DEL SERVICIO DE CARRERA (DEROGADO)

Ver texto oficial de la Ley de Seguridad del Estado de México (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.