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Artículo 240 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro tiene la obligación de crear y poner en marcha programas, sistemas y pasos para capacitar a sus trabajadores. Esto es para asegurarse de contratar a las personas más adecuadas y de que el servicio que dan sea rápido y de buena calidad. En pocas palabras, deben tener un plan claro para que el personal sea más profesional y cumplidor.

Texto oficial

Artículo 240. El Centro deberá establecer y poner en operación programas, sistemas y procedimientos para la profesionalización de sus personas servidoras públicas, a efecto de procurar la contratación de personas candidatas idóneas y la eficiencia y eficacia en la prestación de sus servicios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 95) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.