Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 32 de la Ley de Seguridad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las instituciones de seguridad pública y el Consejo Estatal tienen la obligación de cuidar y proteger toda la información que está guardada en el Sistema Estatal. Los empleados del gobierno que vean esa información deben mantenerla en secreto y no compartirla con nadie. Si no lo hacen, pueden meterse en problemas, ya sea con una sanción administrativa (como una multa o despido) o incluso penal (como ir a la cárcel), dependiendo de lo grave que sea. Para que una persona pueda ver información pública de ese sistema, tiene que seguir las reglas que ya están establecidas en la ley.

Texto oficial

Artículo 32.- Las Instituciones de Seguridad Publica y el Consejo Estatal serán responsables de la administración, guarda y custodia de la información contenida en el Sistema Estatal. Los servidores públicos que tengan acceso a la misma deberán preservar su estricta confidencialidad y reserva; la violación de ello será causa de responsabilidad administrativa o penal, según corresponda. Para acceder a la información pública del Sistema Estatal se atenderá a la normatividad aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.