- Ley
- Ley de la Juventud del Estado de México
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley de la Juventud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley aplica para todos en el Estado de México, sin excepción, y nadie puede ponerse de acuerdo para ignorarla o no cumplirla. Es obligatoria para cualquier persona, empresa o autoridad que esté en el estado. Busca proteger el bienestar de la sociedad en general, no solo de unos cuantos. En pocas palabras, es una regla que todos debemos respetar por el bien común.
Texto oficial
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en el Estado de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.