Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 6 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nezahualcóyotl, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto que promueve el deporte en Nezahualcóyotl debe ser encabezado, en la medida de lo posible, por personas que vengan de la misma comunidad deportiva del municipio. Esto quiere decir que quienes lo dirijan deberían conocer bien a los deportistas locales y estar comprometidos con ellos y con la gente del pueblo. La idea es que los jefes no sean personas ajenas al barrio, sino alguien que ya tenga experiencia y corazón por el deporte de Nezahualcóyotl.

Texto oficial

Artículo 6.- El Instituto será dirigido preferentemente por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con los deportistas y la sociedad en general del municipio de Nezahualcóyotl.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.