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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Ayapango, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal tiene juntas normales al menos cada tres meses, pero también puede reunirse de forma urgente cada vez que se necesite. Las reuniones son como las citas de trabajo donde se toman decisiones importantes para tu colonia o municipio. Las ordinarias son las que ya están planeadas en el calendario, y las extraordinarias son juntas especiales para atender asuntos que no pueden esperar.

Texto oficial

Artículo 20.- El Consejo Municipal, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.