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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzolotepec, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Municipal es el encargado de tomar decisiones importantes sobre el Instituto de Deporte de Otzolotepec. Entre sus funciones están: aprobar cómo se va a organizar el instituto, definir las reglas generales que debe seguir, y darle luz verde a los planes y proyectos que proponga el director. También revisa y aprueba los gastos, los ingresos y los informes financieros del instituto. Además, puede elegir o quitar al director, checar cómo van los programas, buscar otras formas de conseguir dinero, y hasta invitar a funcionarios de otros gobiernos a las juntas cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones del Consejo Municipal: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzolotepec; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 5 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE OTZOLOTEPEC, MÉXICO 5 II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Otzolotepec; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar, remover o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de otros ordenamientos legales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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