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Artículo 26 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Donato Guerra, México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 26 dice que las relaciones de trabajo entre el instituto y sus empleados se van a manejar según la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que es la regla para los trabajadores del gobierno. Los artículos transitorios indican que esta ley debe publicarse en el periódico oficial del Estado de México llamado "Gaceta del Gobierno". La ley empieza a aplicarse al día siguiente de que se publique en ese periódico. Además, el Ayuntamiento de Donato Guerra tiene que conseguir todo lo necesario para instalar la Dirección y el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Finalmente, el Gobernador del Estado debe ordenar que se publique y se cumpla.

Texto oficial

Artículo 26.- Las relaciones laborales entre el instituto y sus trabajadores, se regirán por la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios. T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO.- Publíquese la presente Ley en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México. ARTÍCULO TERCERO.- El H. Ayuntamiento de Donato Guerra, México, proveerá lo necesario para la instalación de la Dirección y el Consejo Municipal de Cultura Física y Deporte. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla. Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil diez.- Presidenta.- Dip. Lucila Garfias Gutiérrez.- Secretarios.- Dip. Francisco Javier Veladiz Meza.- Dip. Oscar Hernández Meza.- Dip. Horacio Enrique Jiménez López.- Rúbricas. Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento. Toluca de Lerdo, Méx., a 5 de noviembre de 2010. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 5 de noviembre de 2010. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE DONATO GUERRA, MÉXICO 7 EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA (RUBRICA). APROBACIÓN: 21 de octubre de 2010 PROMULGACIÓN: 05 de noviembre de 2010 PUBLICACIÓN: 05 de noviembre de 2010 VIGENCIA: La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.